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ARGENTINA

La Justicia de San Juan detuvo un aborto y dio lugar a la cautelar del padre

Los magistrados el sábado resolvieron cómo continua el caso y la abogada del hombre explica la causa.

Las autoridades de la provincia, luego de que un hombre pidió protección de su hijo ante el pedido de la madre de abortar de forma legal, establecieron que la mujer se abstendrá a la realización de cualquier práctica que tienda a interrumpir el embarazo. Uno de los abogados del padre, Mónica Lobos, definió “desde el 2018 están casados y al unirse ambos quisieron tener un hijo en común, fue hablado entre la pareja, en ningún momento se puso en duda la existencia probable para tener un hijo”.

El sábado 1 de mayo, la Sala III de la Cámara Civil de San Juan instituyó esta normativa los jueces Noguera, Pérez y Rodríguez. La resolución certificó “intimar a F.A.S. para que, en el término de tres días a partir de la notificación de la presente, interponga la demanda correspondiente al proceso principal, bajo pena de caducidad de la medida cautelar decretada”.

La representante legal cuenta que el hombre en cuestión, quien no quiere revelar la identidad para que no se filtrará el nombre de la madre del bebe, se separa de su esposa al momento de enterarse por parte de la obra social que se pidió la realización de un aborto. “La probabilidad de la práctica fue lo que llevo a que Franco se fuera de la casa”, aseguró Lobos.

El miércoles 23 se estableció la primera medida cautelar, la abogada planteó “al ver que no había vuelta atrás y que la decisión de la mujer estaba firme, se pide la protección del estado de embarazo, de persona, de proteger los derechos esenciales que le asisten como responsable de su hijo”. Además, agregó “reconocer al padre como representante legal del niño, en cuanto al ejercicio de la responsabilidad parental, que él tiene como progenitor”.

Lobos detalló que la decisión de abortar se pidió al servicio médico con una firma de la cual desconoce el hombre involucrado, y que luego de dar su negación la madre del bebe realizó otra solicitud como afiliada indirecta. “La conversación antes de esto apuntaba a que no se iba a realizar la práctica, de hecho, juntos fueron a hacerse la ecografía, vieron a su bebe, escucharon sus latinos y lo vieron mover”.

“SIN DUDAS SE LOGRA UN GRAN PRECEDENTE PORQUE SE RECONOCE LA EXISTENCIA DE LA PERSONA, QUE LA PERSONA POR NACER LE ASISTE DERECHOS”

Mónica Lobos, abogada del padre denunciante

La representante Lobos también reveló la importancia de reconocer al hombre en cuestión como progenitor como representante legal y a su persona como padre. En este sentido la abogada planteó “la sala tercera definió la medida de protección y ordena a la mama a evitar cualquier practica tendiente a darle muerte a su hijo”. En consecuencia, luego del sábado, después de 72 horas se deberá presentar la acción principal para plantear la cuestión de fondo del caso.

Lucía García
Lucía García
Lic. Comunicadora Social y Periodista (UNLaM). Redactora y Prensa. Locución y producción de Vibra Podcast. Comunicación empresarial.

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